El mercado municipal levanta el veto a los productos artesanales y ecológicos

El pleno del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria deroga una orden del año 1971 que prohibía la comercialización de nuevos productos

El pleno municipal de Riba-roja de Túria ha aprobado un nuevo reglamento local que regula la actividad comercial del mercado municipal y ha suprimido los dos anteriores, de 1971 y 2001, que impedían la venta de algunos productos como los artesanales y los ecológicos. La nueva legislación permitirá la ocupación de los puestos que por problemas burocráticos permanecían vacíos a pesar de la demanda de diversos vendedores.

El nuevo reglamento aprobado con los votos a favor de PSPV, Compromís, EU, PP y Ciudadanos y la oposición de Riba-roja Pot pretende adaptar el funcionamiento interno del mercado municipal a las necesidades de los comerciantes que trabajan en el centro y a la ampliación de la oferta de diversos productos como consecuencia de las nuevas demandas de los consumidores.

A partir de ahora se permite cambiar la actividad de cada puesto del mercado, ya que hasta ahora se seguía un criterio rígido por el que la actividad original de en cada tienda permanecía inalterable a pesar de las peticiones de los potenciales vendedores del mercado.

La oferta de los puestos se amplía con la introducción de una mayor variedad como la venta de droguería y perfumería, mercería, quiosco, cafetería-bar, la reparación de calzado, el duplicado de llave, las comidas para llevar, los productos artesanales, herboristería, productos dietéticos y menaje de cocina.

A esta línea cabe añadir otras ya existentes como las carnes, los pescados y congelados, charcutería y ultramarinos, frutas y verduras y los encurtidos y salazones.

El mercado municipal de Riba-roja de Túria de los 16 puestos hay seis vacios porque las ordenanzas vigentes hasta ahora, del año 1971 y 2001, no permitían cambiar los usos que originalmente estaban establecidas ni introducir productos nuevos como los ecológicos o los de artesanía.

El reglamento de 1971 establecía la prohibición “tajante” de vender en un mismo puesto productos que tuviesen una clasificación distinta a la original, de forma que podía darse el caso de que en un puesto de venta de carnes sólo se podían ofertar carnes frescas y despojos mientras que los embutidos secos, la carne de pollo y la caza menor quedaba excluida. Esta prohibición, con la entrada en vigor del nuevo reglamento, queda abolida.

La nueva normativa del mercado se completa con relación sobre los derechos y las obligaciones de los vendedores de los puestos, las reglas de concesión de los mismos, el proceso administrativo, los horarios de atención al público, la transmisión de la titularidad, las inspecciones sanitarias y comerciales y el régimen jurídico que establece las relaciones entre los comerciantes y el ayuntamiento.

El concejal de Fomento Económico, Rafael Folgado, ha valorado que el nuevo reglamento “era una necesidad de los vendedores del mercado y, por ello, desde el ayuntamiento hemos sido sensibles ante unas peticiones muy razonables ya que las ordenanzas vigentes eran muy antiguas y no recogían en modo alguno las nuevas realidades sociales”.
 
 

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