Más de 6.600 trabajadores se ven afectados por ERTEs en la Comunitat

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191 empresas han presentado la solicitud para suspender contratos o reducir la jornada laboral

Un total de 6.649 trabajadores están afectados por las 191 solicitudes de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE) presentados en la Comunitat Valenciana hasta este lunes al mediodía, según ha informado la Conselleria de Economía.

Solo entre el sábado y el domingo las peticiones de ERTE ascendieron a 137 para 4.683 personas, el 98 % de ellos correspondiente al sector de hostelería y comercio, según los datos de presentación telemática recibidos en la Dirección General de Trabajo.

De las 191 solicitudes de ERTE, 10 corresponden a empresas que operan en toda la Comunitat Valenciana y afectan a 2.656 trabajadores. En la provincia de Valencia asciende a 72 (1.119 trabajadores), en Alicante 77 (2.246) y en Castellón 32 (628).

La Conselleria de Economía ha informado de que tramitará los ERTE que suponen la suspensión temporal del contrato o reducir la jornada de sus trabajadores de forma temporal siempre que se acredite que existe una causa de fuerza mayor derivada de la situación actual, provocada por el Covid-19.

El objetivo de la Conselleria es la aplicación de las medidas urgentes para responder al impacto económico de la COVID-19 que establece el Real Decreto Ley 7/2020 de 12 de marzo y evitar que se produzcan despidos, garantizando el cumplimiento de todos los requisitos establecidos legal y reglamentariamente en este mecanismo legal.

El expediente de regulación de empleo temporal, regulado en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores (ET), permite a las empresas suspender los contratos de trabajo o reducir la jornada laboral de las personas trabajadoras de manera temporal.

Durante la suspensión del contrato, la persona trabajadora continúa vinculada a la empresa pero sin derecho a percibir su sueldo, ni el resto de complementos como pagas extra o vacaciones, y terminada la situación excepcional, se reincorporará a la empresa, y no perderá la antigüedad a efectos de despido, ya que la suspensión del contrato es por una causa ajena al trabajador.

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