La Audiencia absuelve al concejal de Fiestas y condena al portavoz del PP a pagar las costas de los ‘panfletos’

El auto judicial considera que no ha habido delito de calumnias ni de injurias contra Sergio Montaner

La Audiencia Provincial ha puesto final al caso de los ‘panfletos’ de las pasadas elecciones municipales de 2015 al considerar que no ha existido el delito de calumnias ni de injurias que denunció el portavoz del PP en el Ayuntamiento de L’Eliana, Sergio Montaner. Los socialistas han sido absueltos, mientras que el ex presidente popular ha sido condenado al pago de las costas del recurso.

La Audiencia Provincial ha absuelto al concejal socialista de Fiestas de l’Eliana, Enrique Martínez, y al jefe de gabinete del alcalde, Jorge Pérez Comeche, de un presunto delito de injurias y calumnias contra el portavoz del PP en el Ayuntamiento, Sergio Montaner.

El que fuera presidente de los populares en el municipio hasta el mes pasado ha sido condenado por la Audiencia Provincial a pagar las costas del recurso de apelación que presentó contra el sobreseimiento de la causa de los ‘pafletos’ decretada por el juzgado de instrucción número 3 de Llíria.

Los hechos se remontan a las elecciones locales de mayo de 2015, cuando se distribuyó un panfleto anónimo durante la campaña electoral en el que aparecían fotografías del entonces presidente de la Diputación de Valencia, Alfonso Rus con Sergio Montaner¡ y del candidato popular a la alcaldía de L’Eliana en compañía de políticos del PP, algunos de ellos imputados en diversas causas judiciales.

El auto señala que “es evidente que la presentación de un asunto de corrupción que es dominio público y el montaje de esa información, básicamente cierta, con la persona del candidato a la alcaldía del Ayuntamiento de la Eliana por el PP, es claramente tendenciosa y malintencionada, pero no integra el delito de calumnias, pues es manifiesto que ningún delito se imputa al recurrente” y “sin perjuicio de la indudable bajeza moral que supone ampararse en el anonimato para efectuar un crítica, tampoco integra el delito de injurias”.

La jueza sentencia “las relaciones del recurrente con varios políticos implicados en asuntos de corrupción, que comparten sus mismas siglas políticas (PP), le exponen a ser objeto de críticas, a la desconfianza y a la censura de sus convecinos y posibles electores”.

Los socialistas han celebrado que “se pone fin a un proceso instrumentalizado por el PP para intentar derribar a dos personas que se han caracterizado por trabajar incansablemente por el pueblo y, por eso han ido contra ellos, para desprestigiarles”.

Además han recordado que “nunca tuvieron que declarar, que inicialmente la denuncia fue rechazada por el Juzgado de Instrucción, nunca se les abrió juicio y que además se enteraron de que habían sido denunciados por la prensa”.

El concejal de Fiestas y el jefe de gabinete han mostrado su satisfacción y han agradecido a la ciudadanía y a los compañeros de la Corporación “la confianza mostrada” y han recordado que “nos atacaron por Facebook, nos insultaron, pidieron nuestra dimisión, nos lo hicieron pasar muy mal, sobre todo, a nuestras familias ¿y ahora qué?, nosotros tenemos la responsabilidad de gobernar para todos, por lo que no podemos hacerles pasar por el mismo trago, eso sí, esperemos que el PP de l’Eliana abandone de una vez el radicalismo”.

Por su parte, desde el PP han valorado que el auto “reconoce la actitud tendenciosa y la bajeza moral que supone ampararse en el anonimato para difundir este tipo de panfleto, aunque se diga que no es delito”.

Los populares mantienen que  a los socialistas “no se les exculpa como autores del panfleto, sino que se estima que lo que han hecho no es delito”. Una consideración, añaden, que “asumimos, pero no compartimos”.

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