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La sentencia favorable para el consistorio, respecto a los vertidos de aguas, le permite recuperar 114.000 euros y otros 33.000 por intereses

El Ayuntamiento de l’Eliana va a recuperar 114.392,71 euros que había pagado a la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) por unos vertidos de aguas. El consistorio reclamó y ha obtenido una sentencia favorable a su postura, por lo que el Ayuntamiento recupera esa cantidad y también va a recibir una compensación económica por los “intereses de demora” hasta la fecha.

José García

El pasado 25 de abril, el Tribunal Supremo dictó una sentencia a favor del Ayuntamiento de l’Eliana sobre un recurso presentado por parte del propio consistorio el 14 de abril de 2010 ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), en el que se reclamaba la revisión de un apartado del Reglamento del Dominio Público Hidráulico por considerarlo ilegal.

En el momento del recurso, los Servicios Jurídicos municipales estimaron que la liquidación del canon no era ajustada a derecho porque la gestión de los cauces públicos (es decir, el estudio, control, protección y mejora de los mismos) había sido atribuido al Estado por la Constitución, por lo que era la Administración del Estado quién debía sufragar el importe de esta gestión. Además, el Ayuntamiento alegaba que se depuraba el agua a través de la entidad de Saneamiento de la Comunidad valenciana, que no regula adecuadamente la tasa, y que el coeficiente del tipo 4 aplicado era, en realidad, una sanción.

El Ayuntamiento recurrió la liquidación que efectúo la CHJ del canon correspondiente al año 2004, que ascendía a 114.392,71 euros y que aplicaba el coeficiente de mayoración 4 de forma indiscriminada, y éste recurso fue estimado por el Tribunal Superior, habiéndose dictado ahora un sentencia a favor del Ayuntamiento de L’Eliana.

Desde el consistorio elianero se explica que su actuación ha estado motivada “por la defensa de los intereses habitantes de l’Eliana” y considera positivo que se declara inválida la liquidación de 2004 de la CHJ, lo que supone que el Ayuntamiento de l’Eliana va a recuperar los 114.392,71 euros que en su día pagó, habiéndosele añadido a esta cantidad otros 33.009,58 euros, como “intereses de demora devengados hasta la fecha”.

También se felicitan los dirigentes locales porque “dado que el Reglamento es aplicable a todo el Estado, la sentencia afectará, además de a l’Eliana, a todas aquellas liquidaciones efectuadas  a las que, por tratarse de vertidos no autorizados, se haya aplicado el coeficiente de mayoración 4”. Esta situación, por tanto abre un precedente para otras poblaciones afectadas por este tipo de situaciones.

Desde el pasado 2005, el Ayuntamiento de l’Eliana constituyó una comunidad de usuarios, por lo que tiene los vertidos autorizados desde dicho año.

 

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