El Supremo obliga a 250 trabajadores municipales a devolver la subida de sus sueldos

El PSPV se encuentra una setencia en los cajones del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria que considera ilegal el aumento aprobado por el PP en 2010

Un total de 250 de los 370 trabajadores del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria tendrán que devolver la subida de sus salarios que se aplicó a partir de 2011. Una sentencia del Tribunal Supremo de octubre de 2014, que permanecía en los cajones del consistorio, anula el incremento salarial aprobado por el ex alcalde del PP, Francisco Tarazona, antes de la anterior cita electoral.

El nuevo equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Riba-roja de Túria -formado por el PSPV, Compromís y EU- ha desmpolvado de los cajones del consistorio una sentencia del Tribunal Supremo en la que se anula el incremento salarial que el ex alcalde del PP, Francisco Tarazona, aprobó en junio de 2010 a cerca del 70% de los trabajadores municipales, alrededor de 250 de los 370 en total.

El alto tribunal considera que Tarazona se saltó el límite del 0,3% fijado por el Ministerio de Hacienda contenido en la ley de estabilidad presupuestaria. El fallo obliga, además, a los afectados a devolver el dinero correspondiente a los citados incrementos.  

El Tribunal Supremo dictó sentencia el 23 de octubre de 2014 y la notificó al Ayuntamiento el 20 de noviembre del mismo año. Sin embargo, el fallo del alto tribunal no se ha llegado a comunicar nunca al pleno municipal ya que había sido éste el que había aprobado con carácter definitivo el incremento retributivo en junio de 2010 y, por tanto, es en esta instancia administrativa donde se debía dar cuenta. Ha sido ahora, con la entrada del nuevo gobierno local, cuando se ha descubierto la sentencia.

La decisión del Supremo ratifica la que dictó en junio de 2013 el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) y en la que se admitía el recurso del Abogado del Estado, a instancias de la Delegación del Gobierno, al considerar que el aumento del 3,2% aprobado por el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria incumplía la legalidad ya que estaba muy por encima del 0,3% fijado por el Gobierno central.

Los hechos se remontan a junio de 2010 cuando el entonces alcalde de Riba-roja, Francisco Tarazona, y su equipo de gobierno del PP aprobaron un aumento del 3,2% al personal funcionario y laboral del consistorio a pesar de que la ley del Ministerio de Hacienda limitaba estos aumentos al 0,3% para evitar desajustes presupuestarios. Los incrementos salariales entraron en vigor, en el ejercicio siguiente de 2011, coincidiendo con las elecciones municipales.

El nuevo alcalde de Riba-roja de Túria, el socialista Robert Raga, ha denunciado que esta sentencia “ha permanecido escondida más de medio año en el cajón del alcalde, con la complicidad de su gobierno en el que se incluye a la candidata María José Ruiz, para evitar un desgaste electoral al margen de que ha incumplido su obligación de dar cuenta al pleno y, por tanto, no se ha ejecutado en todos sus términos y podría haber incurrido en posibles responsabilidades penales”.

El concejal de Personal de Riba-roja de Túria, José Luis López, ha subrayado que el fallo judicial “lo comunicamos ahora al pleno como es nuestra obligación legal y a partir de ahora negociaremos con los trabajadores afectados para que la ejecución de la sentencia sea lo menos lesiva para ellos pero defendido siempre los intereses del ayuntamiento ya que no hay que perder de vista que la subida salarial buscaba un claro rédito electoral”.   
   
El gobierno de Riba-roja de Túria recuerda que la legislación actual contempla los supuestos aquellos en los que una administración pública no cumple con su deber de ejecutar una sentencia de una instancia judicial hasta el punto que el artículo 104 de la ley contencioso-administrativo establece que transcurridos dos meses desde la comunicación de la sentencia “cualquiera de las partes y personas afectadas podrá instar su ejecución forzosa”.

Asimismo, el artículo 112 añade que el tribunal puede adoptar las medidas necesarias para lograr la efectividad de lo mandado, además de que el propio secretario judicial “podrá imponer multas coercitivas desde 150 a 1.500 euros a las autoridades, funcionarios o agentes que incumplan los requerimientos del juzgado o de la sala así como reiterar las multas hasta la completa ejecución”.  

 

Comentaris tancats

Respondre

La vostra adreça de correu electrònic no es publicarà